viernes, 28 de agosto de 2009

BREVE HISTORIA DE KIOTO

1988: Toronto, Canada: Se celebró la Conferencia de Toronto sobre Cambios en la Atmósfera. Esta fue la primera reunión de alto nivel donde científicos y políticos discutieron sobre las medidas a tomar para combatir el cambio climático. De hecho, durante esta Conferencia, los países industrializados se comprometieron a reducir voluntariamente las emisiones de CO2 un 20% para el año 2005, lo que se conoció como el “Objetivo Toronto”. Esta reunión fue crucial para la creación del Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático (IPCC). Inicialmente estaba formado por los 300 mejores científicos del mundo a los que se les encargó revisar e informar sobre los últimos acontecimientos científicos, impactos y soluciones al cambio climático.

1990: Sundsvall, Suecia: Se hace público el Primer Informe de Evaluación del IPCC. En este informe se ve la necesidad de reducir las emisiones de CO2 en un 60-80% sobre los niveles de 1990, para conseguir estabilizar la concentración de gases de efecto invernadero en la atmósfera. Las evidencias encontradas en este primer informe, provocan la negociación del Convenio Marco sobre Cambio Climático de la ONU. 1990: Ginebra, Suiza: Segunda Conferencia Mundial sobre el Clima. El informe del IPCC se convierte en el impulso necesario a nivel político para hacer frente de manera global y sin dilación al grave problema del cambio climático a través de la UNFCCC, y reafirma el deseo de que existan compromisos reales de reducción por parte de la comunidad internacional. La declaración política de esta cumbre se reafirma en que “existen amenazas de daños serios o irreversibles, y la falta de completa certidumbre científica no debe ser razón para posponer medidas para prevenir tal degradación medioambiental”.
Y llegando más lejos, acordaron que “el objetivo final debería ser estabilizar las concentraciones de gases de efecto invernadero a un nivel que prevenga las interferencias antropogénicas con el clima”. 1990: ONU, Nueva York: La Resolución 45/212 de la ONU establecía el Comité Negociador de la UNFCCC, bajo los auspicios de la Asamblea General, con el mandato de desarrollar estas negociaciones con el objeto de llegar a tiempo a la Cumbre de la Tierra de Rio de 1992. La primera sesión de trabajo de este grupo estuvo ensombrecida por la Primera Guerra del Golfo.

1991: ONU, Nueva York: Las negociaciones del grupo finalizaron en una sesión maratoniana de la UNFFF. Como un primer paso, los países industrializados se comprometían a reducir sus emisiones de CO2 a los niveles de 1990 para el año 2000. para decepción de la mayoría de los países, y bajo la presión de la Administración de Bush padre, los compromisos que se adoptaron no eran legalmente vinculantes.
1992: Rio de Janeiro, Brasil: Durante la Cumbre de la Tierra, entra en vigor la UNFCCC abriéndose el período para la adhesión de todos los países.
1994: La Asociación de Pequeños Países Insulares (AOSIS) intenta introducir un protocolo pidiendo a los países industrializados que reduzcan sus emisiones de CO2 en un 20% sobre los niveles de 1990 para el año 2005. Su supervivencia está en juego.
1995: Cumbre de Berlín sobre Clima. Primera Conferencia de las Partes (COP1) con la asistencia de los más altos niveles políticos. En esta reunión se llegó a la conclusión de que los acuerdos de la UNFCCC eran demasiado laxos para conseguir el objetivo de proteger al planeta de cambio climático, particularmente si no decía nada de periodos posteriores al 2000. Las Partes acordaron negociar un protocolo o un acuerdo legal a tiempo para la COP3 que contuviese limitaciones y reducciones de emisiones específicas. El protocolo propuesto por la AOSIS se introdujo como elemento de negociación.
1995: Italia: Se publica el Segundo Informe de Evaluación del IPCC. En este informe colaboran 2.000 científicos y expertos concluyendo que “el balance de las evidencias sugiere la influencia humana discernible sobre el clima global”, cuyos primeros impactos estamos ya viendo.
1996: Suiza: Segunda Reunión de las Partes (COP2). Mientras se hacían pequeños progresos en conseguir objetivos de reducción de emisiones de CO2 para un nuevo protocolo, se produjo algo inesperado cuando EEUU anunció que quería que los compromisos de este protocolo fueran legalmente vinculantes, aunque también introdujo por primera vez el concepto de comercio de emisiones. En la declaración de Ginebra se asienta el trabajo del IPCC sobre la necesidad de “fortalecer urgentemente las acciones a tomar”; el planeta tiene que hacer frente a “impactos significativos, frecuentemente adversos” del cambio climático.

1997: Bélgica: Los ministros de Medio Ambiente de la UE acuerdan un objetivo de reducción de cara a las negociaciones de Kioto de un 15% para el año 2010. La propuesta europea generó una gran actividad diplomática y fue atacado duramente por EEUU y Japón.1997: ONU, Nueva York: años después de la Cumbre de Rio, todos los líderes mundiales se dieron cita en una sesión especial de la Asamblea General de la ONU para revisar el progreso de los compromisos hechos en 1992. La Asamblea fue un poco decepcionante ya que solo se progresó en delimitar los temas a tratar en la próxima reunión, en Kioto, Japón. Clinton declaró “traeremos a la Conferencia de Kioto un compromiso por parte norteamericana fuerte, realista y con límites obligatorios que reducirán significativamente nuestras emisiones."
1997: Alemania: EEUU anunció su posición de lograr una estabilización de sus emisiones sobre los niveles de 1990 para el 2010 y una reducción de 5% para el 2015. Japón apuesta por una reducción del 5% para 2010 de 3 gases de efecto invernadero pero sin que sean legalmente vinculantes. 1997: Japón: Las negociaciones en torno al Protocolo concluyen con la adopción de un compromiso legalmente vinculante de reducción para todos los países industrializados. Se estableció el compromiso de lograr una reducción del 5,2% para el año 2010 sobre los niveles de 1990. El Protocolo de Kioto también incluía la posibilidad de establecer un comercio de emisiones entre países industrializados. Bajo este compromiso, Japón debía reducir un 6%, EEUU un 7% y la UE un 8%. Otros países tenían el compromiso de estabilizar sus emisiones como Nueva Zelanda, Rusia o Ucrania, o incrementarlas como Noruega un 1% y Australia un 8%. Este Protocolo fue firmado por 160 países.
1998: Argentina: Se celebró la COP4 donde se empezaron a negociar algunos aspectos no resueltos como los Mecanismos de Desarrollo Limpio, el Comercio de Emisiones y la transferencia de tecnología. Así mismo, se establece una fecha límite para decidir las reglas de Kioto.
1999: Alemania: Se celebra la COP5, en donde se intensifican los trabajos para conseguir cumplir con los calendarios establecidos en la COP4.
2000: Holanda: Se celebra la COP6, donde se prevía la oportunidad de poder cerrar todos los aspectos inconclusos de Kioto y asegurar unas reducciones reales de gases de efecto invernadero. Finalmente, y ante la decepción de muchos país, no fue así. 2001: Alemania: Se da lugar a la conocida COP6-bis, con el objetivo de desbloquear lo ocurrido durante la COP6 en La Haya, de manera que se pueda llegar a un acuerdo que permita poner en marcha el Protocolo de Kioto.
2001: Marruecos: En Marrakech se celebra la COP7, donde finalmente se llega a un texto legal donde se recogen los compromisos de cada uno de los países y se estructuran muchos de los mecanismos del Protocolo de Kioto, a pesar de que aún quedan determinados aspectos que faltan por resolver.
2002: India: Se da lugar la COP8 en Nueva Delhi avanzando sobre aspectos relativos a los Mecanismos de Desarrollo Limpio.
2003: Italia: Se celebra la COP9 avanzando en aspectos tratados durante la COP8, siendo el acontecimiento más sonado las confirmaciones y desmentidos por parte de Rusia sobre su ratificación.Rusia ratifica el protocolo de kioto en septiembre de 2004

¿QUE ES EL PROTOCOLO KIOTO?

Los gobiernos acordaron en 1997 el Protocolo de Kioto del Convenio Marco sobre Cambio Climático de la ONU (UNFCCC). El acuerdo ha entrado en vigor el pasado 16 de febrero de 2005, sólo después de que 55 naciones que suman el 55% de las emisiones de gases de efecto invernadero lo han ratificado. En la actualidad 166 países, lo han ratificado alcanzando el como indica el barómetro de la UNFCCC
El objetivo del Protocolo de Kioto es conseguir reducir un 5,2% las emisiones de gases de efecto invernadero globales sobre los niveles de 1990 para el periodo 2008-2012. Este es el único mecanismo internacional para empezar a hacer frente al cambio climático y minimizar sus impactos. Para ello contiene objetivos legalmente obligatorios para que los países industrializados reducan las emisiones de los 6 gases de efecto invernadero de origen humano como dióxido de carbono (CO2), metano (CH4) y óxido nitroso (N2O), además de tres gases industriales fluorados: hidrofluorocarbonos (HFC), perfluorocarbonos (PFC) y hexafluoruro de azufre (SF6).

RECOMENDACIONES PARA EL DESARROLLO POSTERIOR DE LA NORMATIVA AMBIENTAL EN ATENCIÓN A LOS CONTENIDOS CONSTITUCIONALES PROPUESTOS.

Una vez sancionado el texto Constitucional se hace procedente emprender la adecuación de la normativa que sirve de marco a la gestión ambiental, a los principios enunciados anteriormente, por lo cual será necesario revisar, modificar y actualizar a la luz de los principios de la Constitución Bolivariana las leyes básicas del sistema: La ley orgánica del Ambiente y la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio. La primera, a la cual debe mantenérsele el carácter de "orgánica", debe dirigirse a la revisión de los contenidos de la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente; el esfuerzo de instancias de participación en la protección y gestión ambiental y la introducción de mecanismos tributarios que permitan establecer aportes por el uso de los recursos y su reinversión en la gestión de los mismos.

La Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio, debe definir los espacios de actuación de los organismos encargados de la gestión ambiental, es decir, la división territorial a estos fines en un número determinado y manejable de sistemas de cuencas, e igualmente, reafirmar la participación de la sociedad en la elaboración y aprobación de los planes de ordenación del territorio.

Posteriormente, deben revisarse el resto de las leyes que conforman el ordenamiento jurídico ambiental, entre las cuales destacan: la Ley Penal del Ambiente, la Ley Forestal de Suelos y de Aguas, la Ley de Protección a la Fauna Silvestre, la Ley de Reforma Agraria y la Ley Orgánica de Régimen Municipal y la elaboración de otras nuevas.

Adicionalmente a lo anterior, es conveniente reformar algunos proyectos de ley, cuya promulgación no pueden seguir siendo postergada, tales como: la Ley de Aguas, la Ley del Sistema de Áreas Naturales Protegidas y la Ley de Diversidad Biológica.

Paralelamente deberá revisarse las normas de rango sublegal, especialmente aquellas normas de carácter técnico, para dotarlas de especificidad nacional, espacial y temporal. Igualmente sugerimos que entre las funciones del Procurador General de la República tenga las siguientes funciones: Defender los intereses colectivos, en especial, del ambiente por ser un bien jurídico.

PROPUESTA ADICIONAL PARA DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS

Se recomiendan las siguientes Disposiciones Finales y Transitorias:


DISPOSICIONES FINALES
Artículo XX
Tepuyes. En atención a la excepcional importancia científica, pristinidad y extrema fragilidad ecológica de las formaciones biogeográficas denominadas Tepuyes, monumentos naturales únicos en el planeta, ubicados en las entidades federales Bolívar y Amazonas, el Estado los protegerá de manera especial a los efectos de garantizar su permanencia.

Artículo XX
Reforestación. Se ordena a todos los Poderes Públicos diseñar y ejecutar un Plan Permanente de Reforestación de cuencas degradadas, así como la plantación de árboles autóctonos para crear cinturones verdes protectores en las ciudades que contribuyan el equilibrio ecológico y la calidad de vida.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo XX
Emergencia y seguridad ambiental. En atención a los graves problemas ambientales de contaminación, degradación y amenazas existentes sobre las cuencas de los ríos Caroní e Ikabarú, la Amazonia Venezolana, los lagos de Maracaibo y Valencia, las zonas petroleras, la Sierra de Perijá, las selvas de Ticoporo y Caparo y el Delta del Orinoco, así como los impactos de los desechos tóxicos, petroleros y mineros, y el peligro de daño sobre la cuenca del río Caura, última cuenca virgen del planeta, la Reserva Forestal de Imataca y los Parques Nacionales, y la grave contaminación de la zona marítimo-costera. El Presidente de la República, los Gobernadores, Alcaldes, directores de Corporaciones de Desarrollo y las Fuerzas Armadas, diseñaran y ejecutaran un Plan Nacional de Conservación, Defensa y Mejoramiento del Ambiente con sus respectivos soportes financieros y las medidas de seguridad ambiental necesarias, de acuerdo a los principios y disposiciones establecidos en esta Constitución y los Convenios, Tratados y Protocolos celebrados por la República.

CAPITULO: DE LOS DERECHOS Y DEBERES AMBIENTALES Y TRANSGENERACIONALES

ARTÍCULO 1. Derechos y deberes transgeneracionales. Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del futuro. Mediante la utilización ambientalmente sostenible de los recursos naturales.

ARTÍCULO 2. Derechos a un ambiente seguro y saludable. Todos tienen derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y un ambiente seguro y saludable en todas sus manifestaciones, así como del valor escénico y paisajístico.

ARTÍCULO 3. Del patrimonio ambiental y su protección. El estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, genética y humana, los procesos ecológicos y los bienes jurídicos ambientales que conforman el patrimonio común e irrenunciable de las generaciones presentes y futuras. Una Ley Orgánica regulará la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente.

ARTÍCULO 4. De las aguas. Las aguas son bienes del dominio público de la nación. Todos tienen derecho a consumir agua limpia, pura y potable, y el deber de utilizarla racionalmente. La Ley establecerá las disposiciones necesarias a fin de garantizar su protección y uso ambientalmente sostenible, respetando las fases del ciclo hidrológico. El Estado protegerá de manera especial la cuenca hidrográfica o el sistema de cuencas que constituyen el espacio de síntesis de la gestión ambiental, sin perjuicio de la división político-territorial.

ARTÍCULO 5. De la Atmósfera y el aire. Todos los poderes públicos, personas naturales y jurídicas están en la obligación de contribuir a la conservación de la atmósfera y el derecho a disfrutar un aire sano. A estos fines el Estado promoverá el aprovechamiento y uso de fuentes alternas, renovables, de energía primaria, facilitando la diversificación, ahorro y eficiencia energética.

ARTÍCULO 6. Protección de los suelos. Todos los poderes públicos, personas naturales y jurídicas están en la obligación de proteger y conservar los suelos contra las actividades que conduzcan a su degradación, contaminación y desertificación. La Ley establecerá las normas jurídicas y criterios técnicos que ordenen el uso de los suelos de acuerdo a su vocación, características ecológicas, capacidad productiva y sustentabilidad.

ARTÍCULO 7. De la vida silvestre. Todos los poderes públicos, personas naturales y jurídicas, están en la obligación de proteger y conservar la vida silvestre en todas sus manifestaciones: fauna, flora y microoganismos. Promoviendo su utilización ambientalmente sostenible.

ARTÍCULO 8. De las playas. Las playas marítimas, lacustres y fluviales, así como las zonas costeras son bienes de dominio público. La Ley establecerá la disposición y normas para el saneamiento, conservación y uso de las playas y zonas marinos y costeras.

ARTÍCULO 9. Educación ambiental. La educación ambiental es obligatoria en todos los niveles y modalidades del sistema educativo. Así como también en la educación no formal. Los planes de estudios deberán incluir áreas, asignaturas, temas y programas de investigación relacionados con los problemas ambientales, el desarrollo ambientalmente sostenible y la ética ecológica.

ARTÍCULO 10. De la participación social en el desarrollo ambientalmente sostenible. Todos tienen derecho a participar a ser consultados, informados debidamente, oídos y tomados en cuenta en el diseño de las políticas de planificación, ordenación y desarrollos económicos, así como en las Leyes y Reglamentos que puedan afectar su destino.

ARTÍCULO 11. Ordenación territorial. El estado establecerá los principios jurídicos y criterios técnicos para la ordenación del territorio nacional atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas, poblacionales, socioculturales, económicas, étnicas, regionales y políticas, y las premisas de sustentabilidad. La Ley Orgánica normará la política de ordenación territorial, procurando que los asentamientos humanos, desarrollos urbanos, edificaciones e infraestructuras se construyan y ubiquen atendiendo a los límites de sustentabilidad de los sistemas naturales y la seguridad de las personas.

ARTÍCULO 12. Normas de gestión ambiental. Todas las instituciones públicas y privadas que se dediquen a la producción de bienes y prestación de servicios desarrollarán sus actividades en forma ambientalmente limpia y sostenible, aplicando políticas y normas que favorezcan las tecnologías apropiadas y los procedimientos y sistemas de adecuada gestión ambiental, calidad y seguridad humana.

ARTÍCULO 13. Impactos ambientales. Todas las actividades públicas, privadas susceptibles de generar daños a los ecosistemas, especies, genes y el paisaje deben ser previamente acompañadas de sus respectivas estudios o evaluaciones de impacto ambiental y sociocultural. La Ley regulará los estudios y evaluación de impacto ambiental y sociocultural de acuerdo con los criterios técnicos, científicos de previsión análisis del ciclo de vida y las debidas consultas nacionales y locales a las comunidades y sectores afectados e interesados.

ARTÍCULO 14. Alimentos sanos. Todos los seres vivos tienen derecho a consumir alimentos sanos. El estado prohibe el uso de herbicidas, pesticidas u otros elementos que generen daños teratogénicos, mutagénicos y cancerígenos.

ARTÍCULO 15 . Productos Y Desechos Peligrosos. Es un deber de los poderes públicos y las personas naturales y jurídicas impedir la entrada al país de desechos y sustancias tóxicas y peligrosas, así como la fabricación de armas nucleares, químicas y biológicas. El movimiento transfronterizo y el manejo, tratamiento y disposición final de los desechos y sustancias tóxicas y peligrosas serán regulados por la Ley y las normas técnicas respectivas en resguardo del ambiente y la salud de las personas.

ARTÍCULO 16. Convenios y Tratados ambientales internacionales. La República promoverá tratados, convenios, protocolos, declaraciones internacionales de protección al equilibrio ambiental global, y a las diversas formas de vida, especialmente aquellos que amplíen o mejoren las disposiciones ambientales establecidas en esta Constitución y las leyes. El Estado otorgará a las Leyes Aprobatorias la misma fuerza jurídica que las demás leyes de la República.

ARTICULO 17. Sanciones, reparaciones e indemnizaciones. La violación de los principios y disposiciones ambientales establecidas en la presente Constitución acarrea sanciones administrativas y penales de acuerdo con la Ley, sin desmedro de las medidas de reparación, mitigación e indemnización y seguridad que impongan los tribunales y demás órganos competentes. Los delitos graves contra el ambiente no prescriben.

ARTÍCULO 18. Acción de tutela. Toda persona o grupo de personas cuyo derecho a un ambiente seguro y saludable haya sido violado o que posea información sobre dicha violación deberá tener un recurso efectivo ante una instancia competente.

DERECHOS Y DEBERES AMBIENTALES Y TRANSGENERACIONALES

En las últimas décadas, particularmente desde el año 1972, cuando se realiza la conferencia sobre el Medio Ambiente Humano en Estocolmo Suecia, ha venido desarrollándose un nuevo Derecho Ambiental que va más allá de la conceptualización del Derecho Clásico. El Ambiente tiene entidad propia que hoy se expresa en las modernas Constituciones que incluyen artículos y capítulos sobre el Ambiente y otros derechos que en conjunto son denominados de Tercera y Cuarta Generación, entre ellos el derecho a un ambiente sano, el derecho a la paz, el derecho al desarrollo, y otros que abarcan áreas como la planificación familiar, derecho a la identidad y a la diversidad cultural.
La Comisión de Régimen del Ambiente y Calidad de Vida, Derechos de Tercera y Cuarta Generación y Ordenación del Territorio, presidida por el Constituyente José Luis Meza, Atala Uriana (Vicepresidente), Nelson Silva, Jesús Montilla, Braulio Alvarez, Rubén Avila y Ernesto Alvarenga, presenta su propuesta formal previa discusión efectuada por la sub-comisión técnica entre agosto y septiembre en la sede de la Comisión de Ambiente y Ordenación del Territorio del Senado, que prestó todo el apoyo técnico y administrativo necesario para el proceso de consultas realizadas en las ciudades de Caracas, Maracaibo, Mérida, Ciudad Guayana, Valencia, Barinas, Cumaná, Carúpano, Guiria, Puerto La Cruz, Margarita, Barquisimeto, Maracay, Puerto Ayacucho, Coro, Maturin y Guasdualito. Lugares a donde concurrieron diversas organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, especialistas y personalidades cuyos criterios han sido tomados en cuenta, procedentes de las Universidades, el Ministerio del Ambiente, y de los Recursos Naturales, Fuerzas Armadas y otras instituciones. El Profesor Humberto Daza, Asesor de la Presidencia, coordinó el Plan de Trabajo de la Comisión y participó en las coordinación de la consultas con las ONGs y Especialistas y el Lic. Marcos Sánchez asistió al Presidente en actividades propias del cargo y el Dr. José Gregorio Segovia quien se desempeñó como secretario de la Comisión. También fueron tomadas en cuenta las opiniones y propuestas del Senador Alexander Luzardo, Dr. Juan Sans, embajador Edgardo Mondolfi, Dra. Isabel de los Rios, Dr. Alex Fergusson, Dra. Mariela Martínez Guillermo Quintana y otros funcionarios del Ministerio del Ambiente; los asesores de las Comisiones de Ambiente del Senado y Diputados, señores, Edgar Yerena, Alfredo Torres, Ricardo Dorado, Luis Torres, Lucas Riestra, Jorge Padrón, Roberto Egañez, Azucena Martínez, Eduardo Szeplaski, así como también representantes de las ONGs Ramón Aveledo Ostos, José Moya, Edward Castillo, Leobardo Acurero, Jorge Hinestroza, Lusbi Portillo, Anibal Isturdes, entre otros. Asimismo, la Comisión quiere reconocer el trabajo abnegado realizado por todo el personal técnico, administrativo y obrero de la Comisión de Ambiente del Senado que laboró horas extras ad honorem para cubrir la exigente Agenda Constituyente. Fue útil la compilación sobre medio ambiente en el ámbito constitucional internacional realizada por Urimare Capote.
La Comisión agradece también al Ministerio de la Defensa el apoyo aéreo para las consultas, y del Ministerio del Ambiente y los Gobernadores y Alcaldes de los Estados y Municipios visitados.
El Ministro del Ambiente Dr. Jesús Pérez envió un material a finales de septiembre que fue evaluado por la Comisión
La Comisión tomó como base original la propuesta de Constitución Bolivariana del Presidente Hugo Chavez y el material de consulta publicado con fecha 3, 4, 5 y 6 de septiembre de 1999, que incluye los siguientes textos: Propuestas Ambientales para la Nueva Constitución con 34 artículos del Senador Alexander Luzardo y los materiales de la subcomisión en la que participa Edgardo Mondolfi, Lucas Riestra, Alex Fergusson, Edgar Castillo, Rafael Macenat, Juan Sans, Jorge Padrón, Edgar Yerena, Roberto Egañez, Frank Bracho y otros que realizaron aportes o contribuyeron a mejorar y reforzar la temática. En particular reiteramos la necesidad de la Educación Ambiental y la Transversalidad, entendida como el arraigo necesario en todos los ámbitos políticos y jurídicos tal como se expresan hoy a nivel internacional.
Se revisaron documentos publicados para la consulta, y aportes institucionales y personales así como el derecho comparado de acuerdo con lo establecido en las Constituciones de Colombia, Brasil, Paraguay, España, Francia, entre otras, y textos legislativos en investigaciones ambientales.
La propuesta de la Comisión justifica la inclusión en la futura Constitución de un Capítulo sobre el Régimen del Ambiente y Calidad de Vida, Derechos de Tercera y Cuarta Generación, Ordenación del Territorio.
Entre las fuentes de este trabajo se encuentran también la Declaración de Río de Janeiro de 1992 en la Conferencia de Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y Desarrollo, y otras conferencias subsecuentes referidas a Derechos Humanos, Población y Desarrollo, Mujer y Desarrollo, Habitat, eventos todos de las Naciones Unidas. Asi mismo la legislación ambiental de Venezuela que superó a la propia Constitución de 1961, tales como la Ley Orgánica del Ambiente (1976), Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio (1983), Ley Penal del Ambiente y su exposición de motivos (1992), y otros Convenios y Protocolos Internacionales tales como el Convenio sobre la Diversidad Biológica, Convención Marco sobre Cambios Climáticos, y el Programa 21 de Río Janeiro.
La presente propuesta incluye el derecho a un ambiente saludable, los principios y criterios de sustentabilidad, así como la necesaria política de "modernización ecológica", teniendo presente que esta orientación permitirá actualizar y desarrollar la Constitución y encauzar al país por la senda del desarrollo sustentable y tomando en cuenta la realidad de una Nación con un 15% de su territorio protegido por la figura de Parques Nacionales, y aproximadamente el 45% bajo la figura de Areas Bajo Régimen de Administración Especial. Todo lo cual condiciona y obliga a emprender un nuevo modelo de desarrollo distinto al que hemos conocido en el presente siglo, depredador e insustentable.
La propuesta ambiental para la Nueva Constitución acoge el planteamiento de los derechos progresivos transgeneracionales que expresan el derecho y el deber de cada generación de proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y el mundo del futuro. Incluimos aquí el derecho al agua limpia, la protección de los suelos, la atmósfera y el aire, la ordenación territorial, la educación ambiental, la contaminación sónica, derecho a consumir alimentos sanos, parques nacionales, evaluaciones de impacto ambiental y delito ecológico, la participación social en los planes de desarrollo y elaboración de leyes y reglamentos.
La Comisión propone incluir en las Disposiciones Finales la protección de los Tepuyes, formación biogeográfica única en el planeta, ubicados en los Estados Bolívar y Amazonas de gran importancia para la investigación ecológica y científica, y las medidas de seguridad ambiental y emergencia para salvar y recuperar algunos ecosistemas que se encuentran amenazados.

MINISTERIO AMBIENTAL

CREACIÓN DEL MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el sector público encargado de la Gestión y Conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se reorganiza el Sistema Nacional Ambiental SINA y se dictan otras disposiciones.

DERECHO A GOZAR DE UN AMBIENTE SANO
“Las políticas de población tendrán en cuenta el derecho de los seres humanos a una vida saludable y productiva en armoníaCon la naturaleza”. Art. 1. Principios generales. Num. 10
ACCIÓN CONJUNTA DEL ESTADO Y LOS PARTICULARES
"La acción para la protección y recuperación ambiental es tarea conjunta del Estado, comunidad, ONG’s y sector privado”. Art.1 num. 10
“El manejo ambiental del país será descentralizado, democrático y participativo” Art. 1 Principios generales ambientales, Num.12
“El Estado apoyará e incentivará la conformación de organismos no gubernamentales para la protección ambiental y podrá delegar en ellos algunas funciones”. Art. 1 principios generales. Num.10
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
De los modos de procedimientos de participación ciudadana. El derecho a intervenir en los procedimientos administrativos ambientales. Art. 68.
Del trámite de las peticiones de intervención. Art. 70.
De la publicidad de las decisiones sobre el medio ambiente. Art. 71.
De las audiencias públicas administrativas sobre decisiones ambientales en trámite. Art. 72.
De la conducencia de la acción de nulidad. Art. 73.
El Derecho de petición de informaciones. Art. 74.
De la intervención del ministro del medio ambiente en los procedimientos judiciales por las acciones populares. Art. 75.
De las comunidades indígenas y negras. Art. 76

CARACTERISTICAS DE LAS NORMAS AMBIENTALES

CARACTERISTICAS DE LAS NORMAS AMBIENTALES
-El proceso de desarrollo económico y social del país se orientará según los principios universales y del desarrollo sostenible.
-Las políticas de población tendrán en cuenta el derecho de los seres humanos a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza.
-Las zonas de páramos, subpáramos, los nacimientos de agua y las zonas de recarga de acuíferos serán objeto de protección especial.
-En la utilización de los recursos hídricos, el consumo humano tendrá prioridad sobre cualquier otro uso.
-La formulación de las políticas ambientales tendrán cuenta el resultado del proceso de investigación científica. No obstante, las autoridades ambientales y los particulares darán aplicación al principio de precaución conforme al cual, cuando exista peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces para impedir la degradación del medio ambiente.
-El Estado fomentará la incorporación de los costos ambientales y el uso de instrumentos económicos para la prevención, corrección y restauración del deterioro ambiental y para la conservación de los recursos naturales renovables.
-El paisaje por ser patrimonio común deberá ser protegido. -La acción para la protección y recuperación ambientales del país es una tarea conjunta y coordinada entre el Estado, la comunidad, las organizaciones no gubernamentales y el sector privado. deberá ser protegido.
-Los estudios de impacto ambiental serán el instrumento básico para la toma de decisiones respecto a la construcción de obras y actividades que afecten significativamente el medio ambiente natural o artificial. -El manejo ambiental del país, conforme a la Constitución Nacional, será descentralizado, democrático y participativo.
-Para el manejo ambiental del país, se establece un Sistema Nacional Ambiental -SINA- cuyos componentes y su interrelación definen los mecanismos de actuación del Estado y la sociedad civil.
-Las instituciones ambientales del Estado se estructurarán teniendo como base criterios de manejo integral del medio ambiente y su interrelación con los procesos de planificación económica, social y física.

LA CONTAMINACION
La contaminación es cualquier sustancia o forma de energía que puede provocar algún daño o desequilibrio, irreversible o no, en un Ecosistema, medio fisico o un Ser vivo.Es siempre una alteración negativa del estado natural del medio ambiente, y por tanto, se genera como consecuencia de la actividad humana.Para que exista contaminación, la sustancia contaminante deberá estar en cantidad relativa suficiente como para provocar ese desequilibrio. Esta cantidad relativa puede expresarse como la masa de la sustancia introducida en relación con la masa o el volumen del medio receptor de la misma. Este cociente recibe el nombre de concentración.
Los agentes contaminantes tienen relación con el crecimiento de las poblacion y el consumo (
combustibles fósiles,la generacion de basura, desechos industriales, etc), ya que al aumentar éstos, la contaminación que ocasionan es mayor. Los contaminantes por su consistencia, se clasifican en sólidos, líquidos y gaseosos. Se descartan los generados por procesos naturales, ya que por definición, no contaminan.

EFECTOS DE LA CONTAMINACION
Expertos en salud ambiental y cardiólogos de la Universidad de California del Sur, acaban de demostrar por primera vez lo que hasta ahora era apenas una sospecha: la contaminación ambiental de las grandes ciudades afecta la salud cardiovascular. Se comprobó que existe una relación directa entre el aumento de las partículas contaminantes del aire de la ciudad y el engrosamiento de la pared interna de las arterias (la "íntima media"), que es un indicador comprobado de la arteriosclerosis.El efecto persistente de la contaminación del aire respirado, en un proceso silencioso de años, conduce finalmente al desarrollo de afecciones cardiovasculares agudas, como el infarto. Al inspirar partículas ambientales con un diámetro menor de 2,5 micrómetros, ingresan en las vías respiratorias más pequeñas y luego irritan las paredes arteriales. Los investigadores hallaron que por cada aumento de 10 microgramos por metro cúbico de esas partículas, la alteración de la pared íntima media de las arterias aumenta un 5,9 %.

ECOSISTEMA URBANO
La ciudad puede entenderse como un ecosistema urbano, donde el hombre y sus sociedades, son subsistemas del mismo, y que contiene una comunidad de organismos vivientes, un medio físico que está expuesto a transformaciones por acción de la actividad interna. El ecosistema urbano funciona a base de intercambios de materia, información y energía.

Una particularidad del ecosistema urbano son los recorridos horizontales de los recursos acuíferos, alimenticios, eléctricos y de combustibles, que pueden explotar otros ecosistemas lejanos, provocando desequilibrios territoriales.
Publicado por andrea sanchez en
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ECOSISTEMA RURAL
El ecosistema rural se caracteriza por un gran nivel de pureza y un escaso nivel de degradación ambiental. Los ríos proporcionan la fuente de vida natural y es el principal agente ambiental. La riqueza paisajística y faunística tiene una gran relevancia.
Pretendemos con nuestro proyecto fomentar la protección del medio ambiente y la preservación de los recursos naturales. El proyecto se presenta y plantea desde un
respeto absoluto por la conservación del ecosistema y el medio ambiente, procurando la adecuada convivencia del medio natural con las actividades turísticas.

ENSAYO DE FACTORES AMBIENTALES LOCAL, REGIONAL Y GLOBAL
El ambiente y los seres vivos estan en una mutua relacion: El ambiente influye sobre los seres vivos.Un factor ambiental se puede definir, en un factor ambiental abiotico no abiotico como cualquier caracteristica ambiental que se encuentra en la misma cantidad inferior a la minima que necesita un organismo para la vida, hay diferentes tipos de factores como el FACTOR GLOBAL que es a nivel planetario por sus causas y manifestaciones debido a que sus problemas ambientales como son los cambios climaticos,destrucciòn de la capa de ozono, perdida de la biodiversidad, contaminaciòn de los oceanos, perdida y degradaciòn de suelos agricolas y forestales, los FACTORES REGIONALES son aquellos que influyen en varios paises, continentes, regiones, localidades, etc.Los problemas ambientales pueden ser de caracter global, regional, nacional y local atendiendo a la necesidad de su impacto.

COMO CONTRARRESTAR EL CALENTAMIENTO GLOBAL
La mayoría de los gases que se emiten de los hogares provienen de quemar energéticos provenientes del petróleo. Al utilizar la energía más eficientemente en el hogar se reducirían 30% las emisiones de gases de invernadero. De igual manera, una quinta parte de los gases de invernadero mundiales provienen de la agricultura. Podemos reducir estas emisiones, simplemente seleccionando mejor lo que comemos y haciendo unos pequeños ajuste en nuestra casa.
Sustituye un foco incandescente por uno fluorescente. Los focos fluorescentes usan 60% menos energía que un foco común. Hacer este cambio ahorraría 300 libras de dióxido de carbono al año.
Ajusta el termostato 2¢ª más abajo en el invierno y 2¢ª más arriba en el verano. En los lugares con climas extremosos más de la mitad de la energía utilizada en los hogares es para enfriar y calentar la casa. Con este simple cambio se podrían ahorrar más de 2000 libras de dióxido de carbono al año.
Envuelve tu calentador de agua en una cobija térmica. Con esto se ahorran 1000 libras de dióxido de carbono al año.
Usa menos agua caliente. Se requiere de mucha energía para calentar el agua. Al utilizar regaderas especiales y lavar la ropa con agua tibia o fría en lugar de caliente ahorraras mucho dióxido de carbono.
Seca la ropa en el tendedero en lugar de la secadora.Se pueden ahorrar 7000 libras de dióxido de carbono si secamos la ropa en el tendedero en lugar de la secadora 6 de los 12 meses del año.
Apaga los aparatos eléctricos que no estés utilizando.Simplemente apagar la tele, el DVD o la computadora cuando no la estés utilizando ahorarría cientos de libras de dióxido de carbono al año.
Desconecta los aparatos eléctricos cuando no lo estés usando Aunque estén apagados aparatos como las secadoras de pelo, cargadores de celulares y televisiones usan energía. Al descontectarlos se evitaría que 18 millones de toneladas de dióxido de carbono se liberen a la atmósfera cada año.
Recicla. Puedes Ahorrar 2400 libras de dióxido de carbono si reciclas la mitad de la basura que produce un hogar. Compra artículos de papel reciclado Se necesita de un 70% a un 90% menos de energía para producir papel reciclado, además evita la tala de árboles.
Planta un árbol. Un solo árbol absorberá una tonelada de dióxido de carbono a lo largo de su vida.
Compra alimentos frescos en lugar de congelados. Los alimentos congelados requieren 10 veces más energía para producirse.
Compra alimentos orgánicos lo más posible. La tierra utilizada en sembradíos orgánicos almacena mucho más dióxido de carbono que los sembradíos convencionales. Si todo el maíz y la soya se crecieran de manera orgánica, se removerían 580 billones de toneladas de dióxido de carbono de la atmósfera.
Come menos carne. El metano es el segundo gas de invernadero más abundante y las vacas son las mayores productoras. Su tipo de dieta y múltiples estómagos causan que produzcan metano cada vez que exhalan.
Mantén tus llantas bien infladas.Tener las llantas bien infladas puede mejorar el consumo de gasolina por km hasta en un 3%, al ahorrar un galón de gasolina se evita que 20 libras de dióxido de carbono se liberen.

FENOMENOS DEL CALENTAMIENTO GLOBAL
El fenómeno del cambio climático global fue notado por primera vez en 1863. El científico británico Tyndall fue el primero en notar que las concentraciones de ciertos gases en la atmósfera se estaban incrementando, y que esto tenía una correlación con el incremento en la temperatura del planeta. Estos gases (CO2, N20, CH4, HFCs, PFCs, SF6) se conocen como los Gases “de Efecto Invernadero” porque atrapan la radiación solar de onda larga causando un efecto de calentamiento gradual alrededor de la Tierra.
Aunque existe una presencia natural de estos gases de efecto invernadero (GEI) en la atmósfera, su concentración ha aumentado vertiginosamente durante los últimos cien años debido primordialmente a las altas emisiones de dióxido de carbono provenientes de la generación eléctrica sobre la base de combustibles fósiles, generación que ha sido la fuerza motriz de la rápida industrialización en los países desarrollados.

martes, 25 de agosto de 2009

CONTAMINANTES QUIMICOS

RESUMEN: En salud laboral el conocimiento sobre contaminantes químicos tiene un gran interés, dado el elevado número de trabajadores que desarrollan su actividad en empresas e industrias que manejan todo tipo de substancias potencialmente contaminantes, y por tanto, peligrosas para la salud. En este trabajo, se revisan de forma genérica, los distintos tipos de contaminantes que existen en atención a su forma de presentación, toxicidad, vías de entrada, los efectos que producen y las distintas medidas de carácter preventivo y de intervención en los casos de intoxicación por estos.

RIESGOS QUÍMICOS
Como riesgos químicos se deben entender todos aquellos riesgos tanto para la seguridad como para la salud de los trabajadores, debidos a la fabricación, utilización, manipulación y presencia de substancias químicas, ya sea en estado más o menos puro, o formando mezclas, como preparados químicos, y en general, todo material o agente de naturaleza química. En el campo de trabajo, son numerosas las empresas en las que los componentes químicos intervienen de una u otra forma; de ahí la importancia que la prevención sobre su uso comporta. Esta problemática se extiende a dos campos. Por un lado, el de la comercialización de productos químicos, y por otro, el problema que genera la presencia de contaminantes químicos en el lugar de trabajo, en cualquiera de los aspectos de la actividad laboral. Esto abre un gran abanico de posibilidades en los sectores de producción, almacenamiento, manipulación, exposición, etc... Un capítulo aparte, pero que no se puede obviar, es el manejo de contaminantes químicos en el transporte, que sería competencia del transporte de materias peligrosas por carretera, lo que en ámbitos de Protección Civil se estudia bajo el epígrafe de T.P.C. Los contaminantes, penetran en los organismos por distintas vías:

o VIA CUTÁNEA. Es importante en todas aquellas personas que manejan disolventes orgánicos principalmente.
o VIA RESPIRATORIA. La más importante desde el punto de vista de la higiene laboral. Incluye nariz, boca, laringe, tráquea y bronquios. Los valores teóricos de referencia que se encuentran en los libros especializados para los distintos contaminantes químicos, se suelen referir a esta vía.
o VIA DIGESTIVA. La forma el aparato digestivo. Es importante en los manipuladores de plomo. En el C.N.P. destacarían como unidades de riesgo por esta vía, los tiradores selectos, unidades de elite (G.O.E.S.) e instructores de tiro. También, los servicios de imprenta, por el manejo de planchas.
o VIA PARENTERAL. Se puede producir una contaminación cuando existe una solución de continuidad, es decir, una herida en la piel, penetrando el contaminante al interior por ella. Es más importante en el caso de contaminantes biológicos. Una vez dentro, siguen los contaminantes varios pasos hasta que son eliminados (Esquema I).

CLASIFICACIÓN DE CONTAMINANTES
Dentro de los distintos contaminantes que existen (físicos, químicos o biológicos), los químicos son definidos como materias orgánicas o inorgánicas, naturales o sintéticas, carentes de vida propia. Estas substancias pueden ser clasificadas según el estado de la naturaleza en la que se encuentran en:

" SÓLIDOS.
" POLVO
"FIBRAS.Con un diámetro inferior a 1/3 de su longitud.
" HUMO
" HUMO METÁLICO
" LÍQUIDOS.
" NIEBLAS
" BRUMAS
" GASEOSOS.
" GAS.Cuando es el estado físico normal de la substancia, en condiciones de temperatura y presión normales.
" VAPOR. Cuando se produce el paso a este estado por una substancia que, de ordinario se encuentra en forma líquida o sólida.

Los efectos de los contaminantes, una vez penetrados en el organismo son distintos, según su nivel de actuación. Cada uno de ellos provoca una serie de lesiones según su toxicidad, permitiéndonos su mecanismo de acción hacer una clasificación sobre su comportamiento.

A.- CONTAMINANTES IRRITANTES. Establecemos que existen contaminantes químicos de carácter irritante, cuando estos productos actúan produciendo una inflamación en el tejido sobre el que intervienen. Esta irritación se puede plasmar a tres niveles, por lo que nos encontramos:

1. Irritantes del tracto respiratorio superior. Son los compuestos solubles en medios acuosos.

2. Irritantes del tracto respiratorio superior y tejido pulmonar. Se trata de substancias que se disuelven de forma intermedia en medios acuosos, ejerciendo su acción tóxica en todo el tracto respiratorio.

3. Irritantes del tejido pulmonar. Normalmente se trata de substancias que son no solubles en medios acuosos.

4. Asfixiantes. Cuando se trata de substancias capaces de impedir o dificultar el transporte de oxígeno hasta las células del organismo. Las substancias asfixiantes se dividen a su vez en las siguientes:

(a) Asfixiantes simples. Son los que actúan de forma directa, desplazando con su presencia al oxígeno en el intercambio con la célula. El C02 es un ejemplo claro de asfixiante simple, ya que actúa desplazando al oxígeno, impidiendo su combinación con las moléculas que lo transportan en condiciones normales.

(b) Asfixiantes químicos. Actúan produciendo reacciones químicas para que las moléculas que se encargan del transporte del oxígeno sean incapaces de ello, provocando la asfixia del sujeto. En este tipo, el ejemplo a considerar es el monóxido de carbono, el cual forma una molécula llamada carboxihemoglobina a partir de la hemoglobina normal del sujeto. Esta carboxihemoglobina anormal hace que se dificulte el aporte de oxígeno a las células. Es importante su detección precoz, por ello, es una de las pruebas solicitadas en los reconocimientos periódicos en los trabajadores en unidades de riesgo, como pueden ser los grupos de Automoción.

B.- CONTAMINANTES ANESTÉSICOS O NARCÓTICOS. Además de los anteriores, existen contaminantes de carácter anestésico o narcótico. Son los que actúan a nivel del cerebro disminuyendo la actividad de este. Dentro de este grupo se encuentran la mayoría de los disolventes utilizados en la industria. Es importante señalar la importancia del hábito alcohólico en los trabajadores que manejan este grupo de substancias, pues su efecto se puede potenciar.

C.- CONTAMINANTES SENSIBILIZANTES. Producen reacciones alérgicas a los sujetos expuestos a ellos. Son típicos los isocianatos, que producen fenómenos de sensibilización a nivel del pulmón, y que se encuentran frecuentemente en el campo de las pinturas.

D.- CONTAMINANTES NEUMOCONIÓTICOS. Se encuentran en forma de polvo o humo, y producen problemas respiratorios por disminuir la flexibilidad de los pulmones. Los más conocidos de ellos son: la sílice cristalina (silicosis), el amianto (asbestosis), el óxido de hierro (siderosis), el carbón (antracosis). En este grupo hay que incluir también algunos polvos y fibras de origen vegetal como el algodón (bisinosis); el cáñamo (cannabosis) y el bagazo de la caña de azúcar (bagazosis).

E.- CONTAMINANTES CORROSIVOS. Son los que actúan químicamente sobre el tejido, al contacto con la piel.

F.- CONTAMINANTES SISTÉMICOS O GENERALES. En este último grupo incluimos a aquellos que, independientemente de su vía de entrada, producen efectos generalizados por todo el organismo; aunque puedan tener preferencia por algún órgano en concreto (Tabla II).

IDENTIFICACION Para una correcta evaluación de los puestos de trabajo y así poder determinar la influencia que las distintas substancias químicas manejadas en el mismo puedan tener, es necesario conocer cuáles son las materias que de forma habitual se manejan en cada sector laboral, incluyendo tanto las materias primas como los productos acabados, así come los productos intermedios que se pudieran producir durante su elaboración. A este respecto, presentamos una tabla de substancias con las que se puede contactar durante la actividad laboral (Tabla II).

MEDIDAS PREVENTIVAS
Las normas de seguridad en el trabajo dentro del área de los contaminantes químicos, desde el punto de vista jurídico, se desarrollan en diferentes campos. El Real Decreto 2216/85 habla del correcto etiquetado informativo para la declaración de substancias nuevas y peligrosas. Como el mayor riesgo proviene de la exposición continuada al contaminante, y de la capacidad tóxica de éste, las medidas vienen encaminadas aminorar los efectos nocivos que pueda tener y a disminuir o eliminar la capacidad expositiva al contaminante. Por ello, se deben tomar muestras en ambientes laborales de manera periódica, estudiando así los niveles de contaminación existentes. Las medidas conducentes a disminuir el riesgo existentes por un aumento de la concentración del contaminante, han sido legalizadas en el texto refundido de las Directivas 80/1107/CEE y 88/642/CEE, que tratan sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos a agentes químicos, físicos y biológicos. Estas Directivas pretenden establecer un conjunto de medidas preventivas y de protección "para evitar la exposición de los trabajadores a estos agentes o mantenerla tan baja como sea factible", sin perjuicio de las medidas de orden más general que establece la normativa marco. En estas Directivas se establecen los parámetros de medida y las técnicas preventivas a aplicar, estableciendo métodos de referencia para el muestreo, medición y evaluación de los tóxicos. Los valores límite son fijados con carácter indicativo por las Directivas particulares, aunque hay Directivas específicas que establecen límites de carácter vinculante en los casos de tóxicos claramente diferenciado como son el cloruro de vinilo monómero, plomo y sus componentes fónicos, y amianto. Existe además una Directiva relativa a la protección de los trabajadores mediante la prohibición de determinados agentes específicos y/o de determinadas actividades, aplicándose en concreto a ciertas substancias de carácter cancerígeno. Por último, una Directiva; la 90/394/CEE, establece concretamente las disposiciones mínimas de seguridad y salud frente a la exposición a agentes cancerígenos en el trabajo. En el mundo laboral, las acciones preventivas emprendidas con objeto de reducir el riesgo debido a la utilización de substancias químicas, se dividen en acciones a distintos niveles:

" SOBRE EL FOCO CONTAMINANTE:
" Substitución del producto
" Modificación del proceso
" Aislamiento del proceso
" Encerramiento
" Métodos en húmedo
" Extracción localizada
" Mantenimiento
" Limpieza
" SOBRE EL MEDIO AMBIENTE DEL TRABAJO:
" Ventilación general
" Aumento de la distancia
" Instalación de alarmas
" Mantenimiento
" Limpieza
" SOBRE EL TRABAJADOR:
" Información y formación al trabajador
" Rotación del personal o reducción de los tiempos de exposición
" Encerramiento
" Equipos de protección individual (EPIs)

ENSAYO DE FACOTRES AMBIENTEALES

El ambiente y los seres vivos están en una mutua relación: el ambiente influye sobre los seres vivos y éstos influyen sobre el ambiente y sobre otros seres vivos. La forma en que ambos se influencian o condicionan se ha llegado a denominar como factores o condicionantes ambientales o ecológicos.
La influencia del ambiente sobre los seres vivos es la suma de todos y cada uno de los factores ambientales. Estos factores determinan las adaptaciones, la gran variedad de especies de plantas y animales, y la distribución de los seres vivos sobre la Tierra.Los factores ambientales se clasifican en inanimados o no vivos y animados o vivos.
1. Factores inanimados o no vivos o abióticos. Entre ellos se cuentan:
Los factores sidéricos son las características de la Tierra, del Sol, de la Luna, de los cometas, de los planetas y de las estrellas, que tienen importancia para los seres vivos.
Los factores ecogeográfícos son las características específicas de un paisaje natural, siendo posible que un factor determinado tenga un campo de acción aún más amplio en cuanto ejerce su influencia en paisajes colindantes.
Los factores físico-químicos son las características físicas y químicas del ambiente y determinan una parte importante de las relaciones ambientales.
2. Factores animados o vivos o bióticos: Son todos los seres vivos. Entre ellos tenemos:
Las relaciones entre los organismos, que tienen una influencia muy variada según provengan de individuos de la misma especie (relaciones intraespecíficas) o de especies distintas (relaciones interespecíficas).
La vegetación (el conjunto de plantas), como proveedora de alimentos, cobertura y refugio, es de fundamental importancia para los animales.
La densidad poblacional, o sea la concentración de los individuos de una misma especie o de diferentes especies en un espacio o área determinada.
Los seres humanos, cuya influencia sobre el medio ambiente es cada vez mayor por el aumento de la población y el desarrollo de la tecnología.

miércoles, 12 de agosto de 2009

GESTIÓN EN SISTEMAS DE MANEJO AMBIENTAL.

TERMINOS:
Medio Ambiente:
Es un conjunto de elementos abióticos (energía solar, suelo, agua y aire) y bióticos (organismos vivos) que integran la delgada capa de la Tierra llamada biosfera, sustento y hogar de los seres vivos.

Ecología:
Es el estudio de la relación entre los organismos y su medio ambiente físico y biológico. El medio ambiente físico incluye la luz y el calor o radiación solar, la humedad, el viento, el oxígeno, el dióxido de carbono y los nutrientes del suelo, el agua y la atmósfera. El medio ambiente biológico está formado por los organismos vivos, principalmente plantas y animales.
Debido a los diferentes enfoques necesarios para estudiar a los organismos en su medio ambiente natural, la ecología se sirve de disciplinas como la climatología, la hidrología, la física, la química, la geología y el análisis de suelos. Para estudiar las relaciones entre organismos, la ecología recurre a ciencias tan dispares como el comportamiento animal, la taxonomía, la fisiología y las matemáticas.

Gestión Ambiental: Es el conjunto de acciones encaminadas al uso, conservación o aprovechamiento ordenado de los recursos naturales y del medio ambiente en general. Implica la conservación de especies amenazadas, el aprovechamiento cinegético, el aprovechamiento piscícola, la ordenación forestal, la gestión industrial e, incluso, la gestión doméstica. El concepto de gestión lleva implícito el objetivo de eficiencia, por lo que la gestión ambiental implica aprovechar los recursos de modo racional y rentable aplicando criterios de materia y energía. Se debe tender a una filosofía de ahorro y aprovechamiento sostenible.

Desarrollo Sostenible: Término aplicado al desarrollo económico y social que permite hacer frente a las necesidades del presente sin poner en peligro la capacidad de futuras generaciones para satisfacer sus propias necesidades. Hay dos conceptos fundamentales en lo que se refiere al uso y gestión sostenibles de los recursos naturales del planeta. En primer lugar, deben satisfacerse las necesidades básicas de la humanidad, comida, ropa, lugar donde vivir y trabajo. Esto implica prestar atención a las necesidades, en gran medida insatisfechas, de los pobres del mundo, ya que un mundo en el que la pobreza es endémica será siempre proclive a las catástrofes ecológicas y de todo tipo. En segundo lugar, los límites para el desarrollo no son absolutos, sino que vienen impuestos por el nivel tecnológico y de organización social, su impacto sobre los recursos del medio ambiente y la capacidad de la biosfera para absorber los efectos de la actividad humana. Es posible mejorar tanto la tecnología como la organización social para abrir paso a una nueva era de crecimiento económico sensible a las necesidades ambientales.

Evaluación de Impacto Ambiental (EIA):
Proceso formal empleado para predecir las consecuencias ambientales de una propuesta o decisión legislativa, la implantación de políticas y programas o la puesta en marcha de proyectos de desarrollo.
La Evaluación de Impacto Ambiental se introdujo por primera vez en Estados Unidos en 1969 como requisito de la National Environmental Policy Act (ley nacional de políticas sobre el medio ambiente, comúnmente conocida como NEPA). Desde entonces, un creciente número de países (incluida la Unión Europea) han adoptado la EIA, aprobando leyes y creando organismos para garantizar su implantación.

La Evaluación de Impacto Ambiental se ha aplicado sobre todo a proyectos individuales y ha dado lugar a la aparición de diversas técnicas nuevas, como los estudios de impacto sanitario y los de impacto social. Los avances más recientes incluyen el estudio de los efectos acumulativos y el estudio estratégico del medio ambiente, conocido como Evaluación Estratégica Ambiental (EEA), que se ocupa de los estudios medioambientales a nivel de políticas, programas y planes. El término Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) se usa a veces a modo de paraguas que abarca todos estos enfoques diferentes, pero se emplea también como nombre alternativo de la EIA. En ciertos casos, se evalúan los impactos social y económico como parte del proceso. En otros, las cuestiones sociales y económicas se evalúan por separado. Por ejemplo, a la hora de seleccionar el trazado de una nueva autovía, se consideran aspectos sociales, como la distancia a un hospital o a los centros educativos, pero fuera del EsIA.

Leyes Ambientales:
Áreas de la legislación nacional, regional (como la de la Unión Europea) e internacional, orientadas a la protección del medio ambiente. Los elementos claves de la legislación sobre el medio ambiente incluyen el control de la contaminación producida por el ser humano y la protección de recursos naturales como la fauna, flora y el paisaje, pero las fronteras exactas del problema son difíciles de delimitar y otras muchas áreas de la legislación, como las referentes a la salud y a la seguridad en el trabajo, la planificación del uso del suelo y la protección de la herencia cultural, tienen implicaciones ambientales. Hay ejemplos de legislación sobre el medio ambiente que se remontan a los tiempos de los romanos y de la edad media que hoy figuran en las leyes nacionales de casi cualquier país, aunque su alcance y grado de detalle varían considerablemente. Constituye uno de los campos legislativos de más rápido crecimiento a nivel mundial.

GESTIÓN EN SISTEMAS DE MANEJO AMBIENTAL.
Lista De Chequeo
Siglas Ambientales

LISTA DE CHEQUEO
¿Qué es una lista de chequeo?
Es un mecanismo descriptivo por medio de ítems y por el cual detectamos fallas o errores o insuficiencias.
¿Ítems a manejar en una lista de chequeo?
La lista de chequeo se aconseja que no sean extensas, se recomienda un valor de 10 a 12 ítems.

SIGLAS AMBIENTALES

MPRBC
Mesa De Planificación Regional Bogota Cundinamarca

PAB
Plan De Atención Básica

PAT
Plan De Acción Trienal

PBA
Plantas De Beneficio Animal

PBOT
Plan Básico De Ordenamiento Territorial

PDE
Plan De Desarrollo Eco Turístico

PENMV
Plan Estratégico Nacional De Mercados Verdes

PGAR
Plan De Gestión Ambiental Regional.

PGIRS
Plan De Gestión De Residuos Sólidos

PMA
Plan De Manejo Ambiental

PMAA
Plan Maestro De Acueducto Y Alcantarillado

PMF
Plan De Mejoramiento Funcional

PMRRA
Plan De Manejo Recuperación Y Restauración Ambiental

PND
Plan De Nacional De Desarrollo

POAI
Plan Operativo Anual De Inversiones

POMCA
Plan De Ordenamiento Y Manejo De Cuencas

POT
Plan De Ordenamiento Territorial

POTAR
Plan De Ordenamiento Territorial Ambiental Regional

PP
Plan Parcial

PSMV
Plan De Saneamiento Y Manejo De Vertimientos

PTAR
Planta De Tratamiento De Aguas Residuales

PUP
Plan De Uso Publico.

martes, 11 de agosto de 2009

ECOLOGIA


CONCEPTO:

La ecologia Humana, es el estudio de las relaciones entre los seres humanos y su entorno. Los ecologistas Humanos investigan el modo en que los seres humanos adaptan su genetica, filosofia, cultura y conducta al medio fisico y social.

También podemos definir la ecologia como el estudio cientifico de las relaciones, en tiempo y espacio, entre la especie humana (homo sapiens) y otro componentes y procesos de los ecosistemas de los cuales froma parte.

OBJETIVOS DEL ESTUDIO DE LA ECOLOGIA HUMANA:

El objetivo principal del estudio de kla ecologia humana conciben, usan y afectan el ambiente incluyendo sus respuestas a cambios en tal ambiente, a los niveles biologicos, social y cultural.

HISTORIA DE LA ECOLOGIA HUMANA:

El estudio de las interacciones de los seres humanos y su entorno se remotan a los antiguos griegos, quienes creian que el entorno fisico determinaba la cultura y la conducta. Sostenian que los climas calidos provocaban inactividad, mientras que los climas con mayor diversidad de estaciones eran fuente de salud y equilibrio. Este punto de vista, llamado DETERMINISMO AMBIENTAL, se ha mantenido hasta el siglo XX.